En una Sentencia de 3 de febrero de 2013, que desestima un recurso de casación interpuesto por un miembro del Cuerpo, en representación de Hacienda, el Tribunal Supremo ha concluido que la Abogacía del Estado no está legitimada para actuar en representación de la Agencia Tributaria en materia de calificación en los Procedimientos Concursales. La potestad para pedir la calificación recae únicamente en la Administración Concursal y en el/la Fiscal. Puede ampliar más información pinchando aquí.