Andrea tenía que quedarse con su padre, tal y como establecía el régimen de visitas sin supervisión. Al no regresar, su madre avisó a la policía. Posteriormente, encontraron los cuerpos de ambos: el agresor había cumplido su amenaza y después se había quitado la vida 

Tras la vista para reclamar el uso de la vivienda habitual a quien había sido su maltratador, a la salida, se acercó a ella y le dijo que le quitaría lo que más quería. Por la tarde, Andrea tenía que quedarse con su padre, tal y como establecía el régimen de visitas sin supervisión. Al no regresar, su madre avisó a la policía. Posteriormente, encontraron los cuerpos de ambos: el agresor había cumplido su amenaza y después se había quitado la vida. (2003)

Jose Bretón no reconoció haber asesinado e incinerado a sus hijas pese a haber sido condenado a 40 años de cárcel por los hechos (2011).

En 2017 un sevillano fue detenido en Alemania por asesinar a sus dos hijos tras amenazar a su pareja con «hacer como José Bretón».

«Te voy a dar donde más te duele» manifestó a su mujer antes de lanzarse por la ventana del Hospital de La Paz. (2017)

«Puedo acabar en la cárcel y todos muertos» increpó a su exmujer Ricardo Carrasosa antes de asesinar a sus dos hijas y suicidarse él. (2018)

Tomás Gimeno atendió una llamada de Beatriz Zimmermann interesándose por sus hijas, se limitó a responder que ya se las devolvería. Fue en una llamada posterior, que Beatriz realizó ante la tardanza en regresar de su exmarido con las niñas, cuando éste le contestó de manera arrogante que jamás volvería a verlas y que se iría muy lejos. Además de Olivia, a la que encontraron asesinada en el mar días después de su desaparición, y pese no haber encontrado a su hermana hasta la fecha, en 2021, en España, se han registrado dos menores víctimas mortales más de la violencia vicaria, una niña de 11 años y su madre fueron asesinadas a tiros por su padre en Madrid, después de que el hombre intentara incendiar la casa en la que se encontraban, y un niño de siete años que fue asesinado junto a su madre en Mallorca. Desde el año 2013 que hay datos, han asesinado 42 menores en España según el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El Defensor del Pueblo ha manifestado que “un maltratador nunca puede ser un buen padre

La mayoría de los sucesos que hemos descrito suceden en el régimen de visitas establecido judicialmente o previo a que se señale el mismo. Pese a que hasta el Defensor del Pueblo ha manifestado que “un maltratador nunca puede ser un buen padre”, lo cierto es que, según los datos del CGPJ, apenas un 3% de los casos de violencia de género termina con la suspensión del régimen de visitas a los padres que han ejercido maltrato. Es más, solo el 5,2% de los jueces ordenan la retirada de la guardia y custodia a los agresores como medida cautelar de protección de los menores. Esto ocurre porque no hay medios suficientes para calificar el riesgo adecuadamente, a día de hoy, hay 397 menores en riesgo medio y 45 en riesgo alto de ser atacados por sus padres según datos del CGPJ. Y, pese a ello, el porcentaje de órdenes y medidas adoptadas (544 ter y bis) y de solicitudes de órdenes de protección en los juzgados de guardia bajan desde 2019 hasta la actualidad según datos del INE.

Además del riesgo de encontrar a las y los menores asesinados, existe el riesgo de su desaparición. En 2019, han desaparecido 369 menores, según el informe de Personas Desaparecidas 2020 del Ministerio del Interior, respecto a la sustracción de menores, infracciones penales conocidas y registradas en el Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, muestran cifras similares (alrededor de los 300 casos por año) en relación a la serie histórica representada, 2010-2019.

El interés superior del menor, como indica la Convención sobre los Derechos del Niño, debe prevalecer ante el ‘in dubio pro reo’

Pero, judicialmente podemos advertir la violencia vicaria mucho antes de estos supuestos, todas las personas tenemos en nuestro entorno personas conocidas que tienen miedo a entregar a menores en las visitas a la expareja porque las y los menores llevan una ropa y traen otra, porque no se respetan los horarios de recogida y entrega, por lo que cuenta el o la menor que sucede… ya que según el último informe de Save the Children sólo se llega a escuchar al 13% de las y los menores. El interés superior del menor, como indica la Convención sobre los Derechos del Niño (ONU, 20 de noviembre de 1989), debe prevalecer ante el ‘in dubio pro reo’.

También advertimos la violencia vicaria en el impago la pensión de alimentos dado que produce una presión psicológica por no poder hacer frente a las necesidades de las y los menores. En España, hasta ahora, no existen datos estadísticos a nivel nacional sobre el porcentaje de obligxs que incumplen su obligación de pago de la pensión de alimentos, ni de número de meses impagados. En el 65,0% el pago de la pensión alimenticia correspondió al padre (68,0% en 2018), en el 4,1% a la madre (4,4% en el año anterior) y en el 30,9% a ambos cónyuges (27,6% en 2018) últimos datos del INE.

La Violencia contra la mujer-madre es otra forma de maltrato infantil

Casi un 60% de las mujeres maltratadas en el 2015 tenían hijos menores, y de ellos la mitad sufrió agresiones. No nos equivocamos si afirmamos que la Violencia contra la mujer-madre es otra forma de maltrato infantil. Según la organización Save de Children, en España, en 2014, 3.349 niñas y niños fueron víctimas de malos tratos en el ámbito familiar.

Antes, se usaba el artículo 49.2 del Convenio de Estambul para vincular el homicidio, asesinato o cualquier otra forma de violencia ejercida sobre las hijas o hijos de la mujer, así como de cualquier otra persona estrechamente unida a ella la intención de causarle el máximo daño y padecimiento. Ahora, se ha regulado en la Ley 14/2021 de 20 de julio, en la que se modifica la Ley 11/2007 de 27 julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género y mediante la medida 139 del Pacto del Estado contra la Violencia de Género se acordó «hacer extensivos los apoyos psicosociales y derechos laborales, las prestaciones de la Seguridad Social, así como los derechos económicos recogidos en la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, a quien haya padecido violencia vicaria o violencia por interposita persona».

Ya tenemos las herramientas jurídicas, sólo debemos seguir visibilizando la violencia que antecede a los asesinatos de menores y sus sustracciones para evitarlos.

Artículo originalmente publicado en la revista Con La A y escrito por Amalia Fernández Doyague en colaboración con Natalia Bárcena Fernández

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