Interesante sentencia TJUE sobre contratos a tiempo parcial y pensión por jubilación

Terminamos el día compartiendo esta interesante sentencia. La resolución resulta de importancia para las mujeres que han trabajado durante un largo período de su vida laboral a tiempo parcial, pues plantea que la regulación del cálculo de la pensión de jubilación de estas trabajadoras es contraria a la normativa comunitaria, ya que respetando el principio de contributividad de nuestro sistema de Seguridad Social, la cuantía de la pensión ya es reducida, porque depende de la base reguladora (cotizaciones) de la trabajadora, y éstas son inferiores a las de cualquier trabajador/trabajadora a tiempo completo.

Por lo tanto, la aplicación del porcentaje a esa base reguladora, ya reducida, en función del coeficiente de parcialidad y no del tiempo trabajado, resulta discriminatoria para la mujeres en la medida que afecta más a las trabajadoras que a los trabajadores. Por ello, en cada caso se habrá de acreditar esta circunstancia ante los Tribunales.

Léela aquí: https://www.bufetefernandezdoyague.es/wp-content/uploads/2019/05/sentencia_tribunal_justicia_ue_08_mayo_2019.pdf

 

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